HERO Single Concurso sin masa

Concurso sin masa:
cuando no hay activo realizable o no queda sobrante tras cargas

Hay 2 supuestos:
A) sin activo, o
B) con activo, cuando la hipoteca (capital pendiente) supera el valor real
de la vivienda (el valor real es una cifra exacta: el valor de referencia
que se publica en el Catastro), por lo que no queda sobrante para los
otros acreedores distintos del acreedor hipotecario.

Qué es (explicado sencillo)
El concurso sin masa es la vía que suele encajar cuando no existe activo (no hay bienes), o cuando, aun existiendo algún bien, no deja dinero disponible para pagar
deudas porque primero deben atenderse las cargas (por ejemplo, la hipoteca).

Dos supuestos típicos
A) Sin activo (sin bienes):
No hay vivienda, ni vehículos relevantes, ni otros bienes realizables.

B) Con activo, pero sin valor neto útil:
Hay un bien (por ejemplo, una vivienda), pero el capital pendiente de la hipoteca es superior al valor real/valor de referencia del inmueble y, por tanto, si se vende no queda sobrante para los acreedores distintos del banco que mantiene la hipoteca.

Cómo se comprueba:
Para orientarnos pedimos dos datos:

1. Valor de referencia del Catastro (año en curso), que se consulta con la
referencia catastral (suele figurar en el recibo del IBI).

2. Capital pendiente de hipoteca (importe aproximado).
Si el capital pendiente es superior al valor de referencia (y en general, al valor
real de venta), el bien normalmente no deja sobrante.

Conclusión práctica
Si al vender un bien no queda dinero, ese bien no sirve para pagar deudas dentro del
procedimiento y puede encajar la vía de “concurso sin masa”.

Autónomos
Ser autónomo no excluye esta vía si la actividad es mínima y el rendimiento neto del
IRPF es insuficiente para vivir y pagar deudas. Se analiza con documentación.

¿Qué es?